En el anteproyecto de la Ley de Responsabilidad Medioambiental, actualmente en fase de consultas, el Gobierno establece que la cobertura de los seguros que contraten las empresas para daños medioambientales no superará los 20 millones de euros. En el texto se admite que la contratación de las pólizas no estará disponible hasta principios de 2009, ya que primero habrá que desarrollar un modelo que mida el nivel de riesgo de cada sector. Una de las industrias más afectadas por la ley será la petrolera.
Gonzalo del Castillo, director de Medio Ambiente de la Asociación de Operadores de Productos Petrolíferos (AOP), apunta que es una ley que va más allá de lo que apunta la propia directiva. La industria del refino y del transporte de petróleo son actividades seguras, pero los accidentes son catastróficos , dice.
El anteproyecto de ley, que ya ha sido enviado al Consejo de Estado y al Consejo Económico Social, establece como una de sus principales novedades que la responsabilidad de los daños será mancomunada. Esto significa que cada implicado en un accidente ecológico tendrá que responder por la parte que le corresponda. En un primer momento, la norma planteaba una responsabilidad solidaria, de tal manera que el operador más grande o con más recursos económicos sería el que tendría que responder por el resto.
La ley, que transpone una directiva y debe entrar en vigor el 30 de abril de 2007, establece tres tramos de empresas en función de la cuantificación del daño ecológico potencial en el que puedan incurrir. En el último se incluye las que puedan superar los dos millones de euros, a las que se les obliga a suscribir una garantía financiera para cubrir los posibles daños. Una exigencia no incluida en la directiva y que la Comisión ha dejado a la libre decisión de cada país. España se adelantó al resto de sus vecinos y estableció esa obligación para que las empresas cubrieran sus daños a partir de dos millones y hasta un máximo de veinte a través de un seguro, un aval financiero o una provisión de fondos.
Pero la limitación es exclusiva para el seguro, no para el daño causado. Si este supera los 20 millones de euros, el resto será pagado por el causante del daño. Éste deberá responder, según lo que figura en el artículo 4, en los treinta años posteriores desde que tuvo lugar la emisión, el suceso o el incidente .
Fuente: ecoticias.com
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