En cuanto a los aditamentos de carga se debe proceder según los siguientes casos:
Aditamento cuyo precio está desglosado en la factura de compra pero no instalado en el vehículo a asegurar desde el concesionario: Se emite la póliza con exclusión de daños sobre el aditamento, especificado en el cuadro póliza, hasta tanto no se haga la inspección del aditamento de carga.
Aditamento cuyo precio está desglosado en la factura de compra y está instalado en el concesionario: Se emite la póliza posterior a realizar la inspección del aditamento de carga.
Aditamento cuyo precio NO está desglosado en la factura de compra: El perito es el encargado de dar los valores asegurables al vehículo y al aditamento, según la inspección. |
|
 |